Actividades de Barranquismo
Autorización general de actividades de Barranquismo en espacios naturales protegidos

🌱 El Cabildo Insular de Tenerife establece una autorización general para la práctica de barranquismo en determinados barrancos dentro de los Espacios Naturales Protegidos de la isla.
📜 Esta medida, en consonancia con el Decreto 111/2002, delega en los Cabildos Insulares la gestión de estos espacios y busca simplificar los trámites administrativos, facilitando el acceso a esta actividad de manera más accesible y responsable.
🌳 Bajo esta autorización, entidades jurídicas, empresas de turismo activo y personas físicas podrán realizar actividades de barranquismo cumpliendo una serie de condiciones, como el respeto y conservación del medioambiente, evitando ruidos, vertidos o acciones que alteren el entorno.
En el caso de grupos, no podrán exceder el límite de 20 participantes. Aunque ya no es obligatorio que todos cuenten con la tarjeta federativa de montañismo, el organizador o guía deberá portar su documento acreditativo y haber obtenido el consentimiento informado de los participantes por escrito.
🔗 Esta autorización estará vigente hasta el 30 de junio de 2025, sujeta a revisión o prórroga, y está publicada en el Boletín Oficial de la Provincia. Consúltala aquí.